Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica o la otra cara del Modelo de Prevención y Control de Riesgos
Carlos Alberto Barrios L
Asociado a Moore Stephens Madrid.
(Artículo publicado por el diario económico Expansión de Madrid, España)
Asociado a Moore Stephens Madrid.
(Artículo publicado por el diario económico Expansión de Madrid, España)
En diversos artículos publicados por este importante medio así como los
expuestos en diferentes seminarios y foros, numerosas personalidades han
ofrecido exhaustivas consideraciones y comentarios a favor y en contra del
impacto que la entrada en vigor de
la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, la que modifica la Ley Orgánica 10/1995 del
Código Penal, en referencia a la Responsabilidad Penal de las Personas
Jurídicas. Dicha reforma propone la implementación de un Modelo de Prevención,
Gestión y Control (que de ahora en adelante la denotaremos como Modelo PGC) que
coadyuve a las organizaciones en minimizar las vulnerabilidades y controlar los
riesgos inherentes a eventos considerados como actividades delictivas o
prácticas que pudiesen devenir en la comisión de un delito de carácter penal
que afecte a la organización, sus accionistas, clientes, proveedores, al mismo
estado, o incluso a otros países.
Un aspecto interesante y hasta cierto punto innovador lo constituye el
que esta regulación no discrimina la aplicabilidad de este modelo al tamaño ni
actividad de la organización, lo que indudablemente pudiese impactar en la
proporcionalidad que su implementación supondría para la organización. Esta situación
antes planteada podría de alguna forma causar desconcierto y ambigüedad en el
alcance con el cual el modelo deba ser desarrollado e implementado, lo que
supone a los Administradores y Directores actuar con toda la diligencia de un
buen padre de familia.
Esta nueva regulación propondría de alguna forma el autocontrol
empresarial y no deberá ser percibido como un mero elemento regulador,
constituido por un conjunto de manuales de políticas y normas éticas, de
gobierno corporativo y de normalización de la gestión operativa empresarial;
esto va más allá, es dinámico, es estratégico, es táctico, es operativo, y debe
contar con el más alto apoyo y compromiso de los niveles directivos, no solo
para su desarrollo sino para su implementación, ejecución y monitoreo.
Es dinámico porque la empresa y su entorno son dinámicos, está en
cambio y evolución constante, nuevas tecnologías y actores se mueven en este ecosistema
empresarial. Es estratégico y táctico porque muchas debilidades y oportunidades
de mejora deberán ser tratadas como proyectos a acometer dentro de la
planificación estratégica corporativa, ya que por su impacto y extensión
conllevará no solo tiempo, sino recursos humanos y financieros para su
adecuación y mejora. Es táctico porque la estrategia debe decantar en las
acciones tácticas a acometer para que los objetivos se cumplan en los plazos y
presupuestos acordados y es operativo porque al cambiar el entorno, al cambiar
las estrategias deberán indudablemente adecuarse los controles internos, las
políticas y normas que lo regulan y los procesos de negocios afectados.
El Modelo PGC a implantar, no debe ser percibido o entendido como una
receta que aplica a todos por igual, ya que el dinamismo empresarial y la
cultura organizacional varía incluso para empresas que compiten en el mismo
sector y segmento de mercado, por lo tanto, tratar de implementar un modelo
diseñado para una cultura organizacional distinta a la nuestra en lugar de ser
beneficiosa para la organización puede constituirse en un elemento pernicioso,
incomprendido y ambiguo, que podría incluso incrementar la exposición a riesgos
internos indeseados.
El Modelo PGC, es en sí un facilitador, un medio y no un fin, que
permitirá a la organización conocer sus procesos, sus debilidades, sus riesgos
e impactos, tanto positivos como negativos, permitiendo definir los controles
efectivos necesarios para minimizar los eventos de riesgos penales u operativos,
permitiendo así modificar, rediseñar o adecuar procesos y políticas internas
para mejorar su eficiencia orientándolos al logro del objetivo empresarial,
optimizando costos y haciéndola socialmente responsablemente ante sus clientes,
sus empleados, y accionistas, y a la vez cumpliendo con una serie de normativas
que se desarrollaron para beneficiar y no para limitar.
Ningún modelo es perfecto, no es un seguro contra todo riesgo, no es
una garantía absoluta que liberará a nuestra organización de los riesgos
inherentes a su actividad, basta revisar los últimos escándalos empresariales
para entender que el solo modelo no es suficiente, sin el compromiso, la
integridad, el valor moral y ético de todos los involucrados.
Si desea agregar información o comentar algún otro aspecto relacionado al tema, tiene la total libertad para hacerlo, respetando siempre la libre expresión de ideas, de pensamientos y evitando hacer referencias directas a empresas o personas.
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